3.5.4.4 Ejercicios con Ajuste por Inflación
Es oportuno aclarar que Bilan NO hace el ajuste por inflación. El Ajuste por inflación se debe hacer en el sistema de Gestión que utilice el Emisor de Estados Contables.
En el caso que el ejercicio se ajuste por Inflación y no sea el primer ejercicio que se ajusta, se reexpresará por el coeficiente anual, el saldo inicial del ejercicio anterior, los débitos y créditos del ejercicio anterior para obtener todos estos datos reexpresados en moneda de cierre del ejercicio actual.
Cuando el Emisor de Estados Contables hizo el Ajuste por inflación en su sistema de gestión, registró el asiento contra RECPAM donde se incluye el incremento de los saldos al inicio del ejercicio como débitos y créditos del ejercicio actual y a su vez Bilan reexpresó los saldos anteriores a moneda de cierre del ejercicio actual.
Esto quiere decir entonces, que debemos eliminar de los débitos y créditos del ejercicio actual, la parte de ajuste por inflación que corresponde a los saldos iniciales.
Si el saldo inicial es deudor debemos corregir los débitos del ejercicio actual restando el resultado del siguiente cálculo: Saldo inicial * ( 1 / Coef. Anual) -1).
Si el saldo inicial es acreedor debemos hacer lo mismo pero sobre los créditos del ejercicio actual.
Cuando sea el primer ejercicio que se ajuste por inflación, reexpresará solo los saldos finales del ejercicio anterior
Importante: Tengamos en cuenta que la única información que se presenta en forma comparativa en el caso del primer ejercicio Ajustado por inflación, es la de las cuentas patrimoniales.